Apuntes sobre la evolución histórica de la dogmática jurídico-penal
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Las relaciones de la filosofía con el discurso jurídico -y en especial con el saber jurídico-penal- se han establecido sobre la base de considerar a aquélla como la principal fuente de sustentación ideológica de éste, y casi que podrían constituir un objeto autónomo de investigación. Desde luego, ello no significa que el discurso técnico en derecho se haya nutrido siempre de elevados niveles de contenido pensante. En materia específicamente penal surge con meridiana claridad que el poder punitivo ha necesitado de la filosofía -y en ocasiones hasta de cierta teología- para legitimar su operatividad y ocultar la real función política desempeñada en cada contexto histórico-social. La particular teología del Malleus, el racionalismo del siglo XVIII, el peligrosismo del siglo XIX, el naturalismo, el neokantismo -entre otros idealismos-, el realismo, el funcionalismo, etc., han sido verdaderas usinas para el desarrollo del discurso jurídico- penal, que, invariablemente, cayó en la legitimación del fenómeno punitivo más allá de las notables diferencias en el modo de hacerlo. La presente aproximación al desarrollo de la dogmática penal está orientada al relevamiento de las interacciones suscitadas entre las aludidas especulaciones filosóficas y el saber penal centrado fundamentalmente en su faz de la teoría del delito, dentro del marco delimitado por el funcionamiento del sistema penal. Ello ya alcanza para comprender que, independientemente de sus íntimas conexiones, no debe confundirse el derecho penal con el poder punitivo, conceptos que resulta menester separar nítidamente por cuanto materializan en el campo de nuestro saber la perenne dialéctica entre estado de derecho y estado de policía.
Autor/a
Vega, Pablo Daniel
Fecha
2011Tipo de documento
artículo
dc.language.iso
spa
En: Perspectivas. 2011; vol.1 no.1
Sección: Investigación científica
Extensión: p. 57-76