Informe final y proyecto de distribución
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El procedimiento de quiebra como proceso de ejecución colectiva tiene una finalidad principal que radica en la liquidación de los bienes del deudor, procedimiento que sólo comprende los bienes existentes al momento de la declaración de quiebra y los que se adquieran hasta la rehabilitación. Luego de realizados los bienes y percibidos los créditos que son propiedad del fallido, el síndico debe preparar el informe final. Esta etapa implica el conocimiento certero, por parte de los acreedores, del alcance que tendrá el dividendo concursal respecto de su crédito. En otras palabras, se detallan los fondos ingresados y se determinan los importes que debe percibir efectivamente cada uno los acreedores de acuerdo a el privilegio que goce su crédito. El Síndico, como todo aquel que realiza actos por cuenta ajena, debe efectuar una rendición de lo actuado y poner a disposición del Juez y de los acreedores el proyecto de distribución.(Texto extraído de la 'Introducción' a modo de resumen)
Autor/a
Oberst, María Belén
Galli, Mauricio Daniel
Pozo, María Florencia
Director/a
Casadío Martínez, Claudio Alfredo;
Fecha
2018Tipo de documento
tesis
Subtipo de documento
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
dc.language.iso
spa
Materias
Derecho : : Derecho comercial;
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https://repo.unlpam.edu.ar/handle/unlpam/1176Registros en colección
- Tesisg [1853]