Género y derecho humano al agua en el Derecho Internacional
Resumen
En el presente trabajo nos proponemos reseñar los principales instrumentos y la actividad de algunas instituciones internacionales vinculadas con el reconocimiento de la equidad de género y su relación con el derecho humano al agua. Esto fue evolucionando rápidamente en las últimas décadas en el ámbito internacional, a través de haberse plasmado en relevantes instrumentos especializados en la materia. Actualmente, resulta indudable la responsabilidad de la mujer de satisfacer las necesidades alimentarias y de combustible para la unidad familiar, el agotamiento de los recursos forestales aumenta su carga de trabajo <Minaverry,2011). Sin embargo, debido a que el sector ambiental ha sido dominado por una metodología tecnológica, el mismo ha sido visto como de dominio del varón, y las preocupaciones y conocimiento de las mujeres acerca de los recursos ambientales raramente han sido escuchados. Por ejemplo, en muchas culturas, las mujeres son responsables de traer el agua para uso en la casa, sin embargo, los planificadores raramente las consultan durante el planeamiento de ubicación de pozos. Cuando las mujeres son forzadas a dar más de su tiempo y energía para obtener agua limpia de pozos que han sido situados de acuerdo a las necesidades de los hombres, ellas tienen menos tiempo y energía libros para la escuela, cuidado de la salud y otros. (Cowle, s/f). No debemos olvidar que la humanidad enfrenta el desafío de lograr la sostenibilidad de la oferta de los recursos hídricos para la satisfacción de las necesidades humanas, y garantizar la de los ecosistemas naturales para el logro del desarrollo humano sustentable y la calidad de vida de la generación presente y de las futuras. Por ello es que el reconocimiento del derecho al acceso al agua como derecho humano adquiere primordial relevancia (Martínez, Defelippe, 2013). A su vez, el 28/7/2010 en el 642 período de sesiones, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución de notable relevancia, y luego el 30/9/2010 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas reconoció en forma explícita que el acceso al agua potable y al saneamiento constituye un derecho humano fundamental. Es la primera vez que un organismo internacional trató con esta intensidad algún aspecto perteneciente al ámbito ambiental, materializándose a través del dictado de dos instrumentos en un lapso breve de tiempo.
Autor/a
Minaverry, Clara M.
Martínez, Adriana N.
Fecha
2015Tipo de documento
artículo
dc.language.iso
spa
En: La Aljaba. 2015; vol.19
Sección: Artículos
Extensión: p. 237-241
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- La Aljaba. Segunda Época [529]