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dc.contributor.advisorAguirre, Eduardo Luis
dc.contributor.authorLorenzo, María Paola
dc.contributor.authorOrueta, Fernando Javier
dc.date.accessioned2020-09-27T23:23:58Z
dc.date.available2020-09-27T23:23:58Z
dc.date.issued2011
dc.identifier.urihttps://repo.unlpam.edu.ar/handle/unlpam/1361
dc.description.abstract'El régimen contravencional es un área del saber penal que no ha sido objeto de grandes preocupaciones por parte de los estudiosos del derecho'. Ello puede obedecer 'al equivocado pensamiento de parte de la doctrina que considera a la materia contravencional una disciplina de menor importancia y trascendencia para la vida de las personas' y, por tanto, tienen --al legislar sobre ella-- menor cantidad de resguardos constitucionales. 'El derecho contravencional tiene un altísimo valor configurador de la coexistencia cotidiana, cuyo potencial es, en cierto sentido, superior al del mismo derecho penal, pues es mucho mayor su frecuencia y cercanía con la experiencia ciudadana. Cuanto más grave es una infracción, menor es la posibilidad de que un ciudadano común pueda verse envuelto en ella o que vivencie la intervención penal, dada la excepcionalidad de los conflictos que abarca en la vida de relación corriente, pero inversamente, cuanto más leve resulte, más probabilidades de involucramiento directo habrá de tener el llamado ciudadano medio'. 'La materia de las contravenciones ha adquirido una enorme importancia, que se traduce en la gran cantidad de disposiciones de todo orden, nacionales o locales, municipales y policiales, que las contienen, constituyendo así una joven rama del derecho'. El código contravencional es la ley u ordenamiento jurídico que regula la convivencia de los vecinos y fija las normas par esa convivencia. Las contravenciones son conductas reprobables que se encuentran descriptas en el código contravencional con el fin de preservar las mejores condiciones de convivencia. 'Las contravenciones del Código de Faltas son pequeños delitos, son conductas antisociales que el legislador no ha considerado oportuno elevarla a la categoría de delitos y por ello no se encuentran tipificadas en el Código Penal Argentino. Pero por ser pequeños delitos no significa, en absoluto, que no tengan entidad e importancia en su valoración en el plexo social. Muy por el contrario, las conductas descriptas como faltas son todas aquellas que hacen a la convivencia social, al respeto entre los habitantes de una ciudad y el respeto por los bienes públicos y privados, de ahí su gran importancia'. (Dr. Roberto Manuel Godoy Lemos). (Texto extraído de la 'Introducción' a modo de resumen)
dc.format.mediumapplication/pdf
dc.language.isospa
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Argentina (CC BY-NC-SA 2.5 AR)
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
dc.subject.otherDerecho : : Derecho penal : : Contravenciones
dc.titleDerecho contravencional
dc.typetesis
dc.unlpam.subtypeseminario sobre aportaciones teóricas recientes
dc.unlpam.gradoAbogado
dc.unlpam.carreraAbogacía
dc.unlpam.instituciondeorigenFacultad de Ciencias Económicas y Jurídicas
dc.unlpam.accessopenAccess
dc.unlpam.versionacceptedVersion
dc.unlpam.filiacionLorenzo, María Paola. Universidad Nacional de La Pampa; Argentina.
dc.unlpam.filiacionOrueta, Fernando Javier. Universidad Nacional de La Pampa; Argentina.
dc.unlpam.filiacionAguirre, Eduardo Luis. Universidad Nacional de La Pampa; Argentina.


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Atribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Argentina (CC BY-NC-SA 2.5 AR)
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