Homicidio emocional
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Este trabajo trata sobre el trastorno mental transitorio, específicamente sobre la emoción violenta y su aplicación en casos de delitos contra la vida de conformidad con la legislación argentina. Este trastorno se manifiesta en tres estadios: estados pasionales terror y furia. Estos estados son desarrollados a través de un proceso fisiológico normal y estas son emociones causadas por un factor externo de gran carga afectiva. Cuando una persona obra bajo el estado de emoción violenta y comete un crimen, la conclusión a la que se llega es que la pena establecida por un juez o tribunal penal deberá ser proporcional con la conducta efectuada. Es decir, todo homicidio por activación emocional que se compruebe a través de exámenes psicológicos, que demuestren que el autor no tuvo plena conciencia y voluntad al momento de realizar el hecho, debe ser penado, pero con una pena atenuada. Este trabajo abarca el análisis de como el ordenamiento jurídico argentino resuelve los casos de delitos contra la vida cuando ocurre por causas de emoción violenta en el cual se da un juzgamiento con atenuación a casos de esta naturaleza.(Texto extraído de la 'Introducción' a modo de resumen).
Autor/a
Arrese, José María
Director/a
Osio, Alejandro Javier;
Fecha
2019Tipo de documento
tesis
Subtipo de documento
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
dc.language.iso
spa
Materias
Derecho : : Derecho penal : : Delitos contra la persona;
Utilizar el siguiente identificador (URI) para citar o enlazar este registro:
https://repo.unlpam.edu.ar/handle/unlpam/1161Registros en colección
- Tesisg [1843]