El sistema carcelario en Argentina

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El constituyente argentino, ya en 1853, plasmó en el texto constitucional el paradigma penitenciario que hasta hoy sigue vigente, y que puede sintetizarse con las palabras pertinentes del artículo 18: "Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice". En el presente trabajo se procurará verificar si la realidad penitenciaria es obediente al mandato constitucional recién mencionado o si, al contrario, esto no es así y, en tal caso, qué medidas ameritarían ser adoptadas para cumplir lo que la Ley Fundamental prescribe. (Texto extraído de la "Introducción" a modo de resumen)
Autor/a
Arosteguichar, Dalmiro Javier
Ruggiero, Alvaro Carlos
Vázquez, Daiana Belén
Advisor
Aguirre, Eduardo Luis;
Date
2013Document type
tesis
Subtipo de documento
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
seminario sobre aportaciones teóricas recientes
dc.language.iso
spa
Subject
Derecho : : Derecho penal : : Penas;
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https://repo.unlpam.edu.ar/handle/unlpam/1131Registros en colección
- Tesisg [1760]